Objetivo:
La Secretaría Municipal tiene por objetivo dirigir las actividades de Secretaría Administrativa del Alcalde y del Concejo, y desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
Funciones:
La Secretaría Municipal tiene a su cargo las siguientes funciones:
• Servir de Secretaría Administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal.
• Desarrollar las actividades específicas que le asigna la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, con relación a la constitución y funcionamiento del Concejo Municipal.
• Cumplir las funciones que le asigna la Ley Nº 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias.
• Actuar como Ministro de Fe respecto de las actuaciones y resoluciones municipales, además de lo establecido en el Artículo 177º, inciso segundo, del Código del Trabajo.
• Mantener un constante flujo, control, archivo y conservación de toda la documentación que ingresa y egresa de la Municipalidad, proporcionando en forma rápida y expedita la información que se requiera para la actividad municipal.
• Tener a su cargo el trámite de ingresos, clasificación y distribución de la correspondencia oficial. Mantener archivos actualizados de la documentación recibida y despachada por la Municipalidad.
• Efectuar el control de los plazos en la tramitación de la documentación interna y externa de la Municipalidad.
• Redactar los oficios, decretos, circulares y comunicaciones externas que se le encomienden. Elaborar y redactar material informativo en general.
• Obtener y mantener actualizada la información requerida por la comunidad, en coordinación con las distintas Unidades Municipales y otros Servicios Públicos, estableciendo los métodos para la oportuna entrega de ésta.
• Informar al público acerca del estado de tramitación de sus reclamos o peticiones, y orientarlos acerca del procedimiento y antecedentes necesarios para la obtención de servicios y beneficios que otorga la Municipalidad.
• Recibir y dar tramitación a las presentaciones y reclamos que formule la ciudadanía local, según el procedimiento que establece la Ordenanza de Participación Ciudadana.
• Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.
Oficinas Relacionadas
- Actas
- Decretos
- Biblioteca Municipal
- Oficina de Partes
- Oficina de Transparencia Municipal
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